El feo origen de los Trusts y lo que de verdad importa. I

El trust tiene un origen feo,… bueno, para ser exacto, el de feofford, es decir, un contrato que se celebraba en el siglo XVI en la Inglaterra medieval para saltarse algunas leyes.

No es muy conocido este origen, de hecho, si ponemos «feofford» en ese oráculo del s. XXI que es Google, sólo salen 10 entradas, y casi ninguna trata el tema. Poco que ver con el trust o los trusts que tiene una infinita constelación de enlaces.  Hay que irse (¡horribilis….!) al papel físico y TINTA. En mi caso, me he nutrido de algunos libros (Enciclopedia Britannica, Deeds book of California, Les Termes de la Ley: or, certaine difficult and obscure words and termes of the Common Lawes of this Realme expounded  de 1636). Recordemos qué son los libros: esos pesados objetos derivados de la celulosa. Continuar leyendo «El feo origen de los Trusts y lo que de verdad importa. I»

Síndrome de Down España en Chiclana

Este es el logo de Síndrome de Down España

El pasado día 7 de diciembre de 2017 estuve en el XVII Encuentro Nacional de Familias y el IX Encuentro Nacional de Hermanos de personas con síndrome de Down.  A mi cargo, el  honor de «oficiar» la ponencia inaugural.

Se desarrollaron en el mágico espacio del Novo Sancti-Petri, Chiclana de la Frontera, Cádiz. En particular en el aparthotel ILUNION Tartessus, todo un éxito y un esfuerzo, por parte esta entidad, Ilunion, filial del grupo ONCE.

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Crónica de una plusvalía anunciada

Cuando nos metemos en harina para vender un inmueble, una de las primeras preguntas que nos asaltan (casi nos atacan) es el temita de los impuestos. Como Notario siempre advierto que, para el vendedor, hay dos:

Uno, el IRPF (o el Impuesto de Sociedades o  el de Impuesto de No Residentes, si reside en el extranjero), al que algunos llaman plusvalía en renta, o otros ganancia de patrimonio, más técnicamente, renta del ahorro del IRPF. Esta cuestión merece mucho comentario, pero no voy a entrar en ello.

El otro es el dichoso Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana. Ya sólo el nombre asusta. Está regulado en la Ley de Haciendas Locales (arts. 104 y ss). Antiguamente se llamaba PLUSVALÍA MUNICIPAL (que es como se le suele denominar) y es uno de los principales modos de financiación de su Ayuntamiento. Por cierto, es un caso obvio de doble imposición: pagará impuestos por la ganancia dos veces. Continuar leyendo «Crónica de una plusvalía anunciada»

El gato cuántico y las capitulaciones no inscritas

Mi amigo Carlos me pregunta qué pasa si, estando felizmente casado con su dulce esposa, y habiendo pactado el régimen de separación de bienes, ahora, once años más tarde descubre que a nadie se le ocurrió llevar a inscribir al Registro Civil las capitulaciones matrimoniales. Además el tema ha saltado porque quieren pactar el régimen de gananciales.

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¿Están casados en gananciales o en separación de bienes? ¿Será una especie de dualidad ganancial-separacional? ¿algo así como el gato que se utiliza para de explicar la teoría cuántica? Continuar leyendo «El gato cuántico y las capitulaciones no inscritas»

Las bodas

Cada día es más frecuente que los Notarios oficiemos bodas civiles, algo que me honra.

Eso de casarse tiene amplitud de formas. Unos optan por la clásica ceremonia religiosa, otros por la moderna civil, pocos se resisten a dar un festín con chicas emperifolladas, cálidos trajes de caballero y bebidas espirituosas a bocajarro. No cabe duda que es una fiesta. Continuar leyendo «Las bodas»

Truco o trato

Es natural que con unas mejores comunicaciones, internet y otras maravillas de la técnica, un sofisticado dispositivo presentado en California, esté en las manos del vecino a la vista de los envidiosos ojos del paisano la misma semana. Por ahí va lo que llaman globalización.IMG_8588

Y eso no está mal. Parece que somos capaces de tomar lo mejor del mundo en un suspiro.

Sin embargo,  no puedo dejar de pensar los riegos que tiene abandonarse a esta movida planetaria. Continuar leyendo «Truco o trato»

LOS PROINDIVISOS Y OTRAS COSTUMBRES REPELENTES LOCALES

 

 

Años de estudio en la carrera, en las oposiciones, másteres, libros y artículos de revista no llegan, en ocasiones, para darle a uno el entendimiento de las cosas, al cabo, más pedestres. Los Notarios nos dedicamos algo llamado «justicia preventiva» que consiste, dicho burdamente, en que lo que el Notario firme  va a misa. Nadie dudará que el comprador, por medio de una escritura, es dueño porque ya el fedatario ha hecho un estudio exhaustivo previo de la titularidad, capacidad y demás circunstancias de la venta. Continuar leyendo «LOS PROINDIVISOS Y OTRAS COSTUMBRES REPELENTES LOCALES»

ACTAS DE PRESENCIA Y REMILGOS LEGISLATIVOS

Sin duda, uno de los instrumentos públicos más habituales en una notaría es el acta. En especial, la de presencia. Es algo de lo más antiguo, que siempre a caracterizado a Notarios, escribanos, escribas, tabeliones y cualquier figura parecida. De hecho, en otros países no hay escrituras públicas, todos los documentos notariales siguen siendo actas. Continuar leyendo «ACTAS DE PRESENCIA Y REMILGOS LEGISLATIVOS»

Los poderes notariales extranjeros y el Registro de la Propiedad Español

 

Recientemente una Resolución de la Dirección General de 14 de septiembre de 2016 resuelve una cuestión que, con frecuencia, se plantea en la oficina notarial y que, normalmente, no daba problemas. Se trata de los poderes otorgados en país extranjero que se utilizaban en operaciones en España. Continuar leyendo «Los poderes notariales extranjeros y el Registro de la Propiedad Español»

Los prestamitos bancarios y los notarios

Es curioso cómo las cosas cambian de forma casi imperceptible. Nos quedamos mirando a nuestros hijos, la ciudad, el río, y va mutando todo, y ya es todo de otra guisa y, a veces, harina de otro costal.

Las pólizas bancarias son documentos creados por los bancos. Lo más habitual es que contengan préstamos, aperturas de crédito y ciertas operaciones financieras. De hecho, al menos en mi plaza, según la jerga bancaria, el término póliza se reserva a lo que jurídicamente es un contrato de apertura de crédito. Desde hace mucho, a fin de aumentar su eficacia (es decir, que fueran finalmente cumplidos), las pólizas han sido intervenidas por un tipo de fedatario, ya extinto como cuerpo e incorporado al de notarios, denominado corredor de comercio.

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¿Qué hacer si fallece un pariente?

Si ha fallecido un pariente próximo puede que se pregunte alguna de estas cosas:

-¿Estoy obligado a algo? Si tiene Ud. algún derecho sobre la herencia, está obligado únicamente a liquidar los impuestos. Estos impuestos son dos:

A) El Impuesto de Sucesiones y Donaciones. Regulado en la  Ley 29/1987 , normas reglamentarias y las de la Comunidad Autónoma que corresponda. Se ingresa precisamente en la Hacienda de la Comunidad Autónoma. Es el antiguamente llamado impuesto de derechos reales. Si la herencia no es muy grande, seguramente, no tendrá que abonar nada (en Andalucía, ciertos parientes están exentos hasta los primeros 175.000€). Para herencias grandes (y en ciertas regiones) puede ser muy gravoso.

B) La Plusvalía Municipal (su nombre correcto es Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana). Sólo hay que liquidarlo si el difunto era dueño de algún inmueble urbano. Se rige por la Ley de Haciendas Locales y por las ordenanzas del Ayuntamiento de que se trate, cuya Hacienda es la competente para su liquidación. Su importe depende

Hasta hace poco tiempo, si se heredaba por debajo del mínimo exento y no había necesidad de inscribir o anotar bienes a nombre de los herederos, se dejaba el impuesto sin liquidar. Sin embargo, en Andalucía, actualmente sancionan con multa a todo heredero que no liquide el impuesto en plazo, aunque sea a cero.

Estas dos liquidaciones son las únicas liquidaciones obligatorias que hay que hacer. Si nadie le requiere para aceptar o repudiar la herencia, ni va a vender bienes ni hay problemas en la herencia, Ud. no está obligado ni a «abrir» el testamento, ni a adjudicarse bienes. Eso no quiere decir que, según el caso, no sea recomendable.

 

 

LA REVOLUCION PENDIENTE

Pongamos que les digo que hay un colectivo que supone, como mínimo un 3% de la población (en España podrían ser millón y medio de personas, no hay datos estadísticos); cuyo proceso educativo no suele ser el adecuado para su condición; que tienen un tipo de circunstancia personal que no suele ser tratada de forma sanitaria adecuada; que no suelen conseguir trabajo jamás en su vida; a los que las leyes no le han prestado jamás importancia; que no se manifiestan, no se sindican y no salen en los medios (a veces tampoco salen de casa). Continuar leyendo «LA REVOLUCION PENDIENTE»