IBI

IBI (IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES)

Es un impuesto municipal que está regulado en los artículos 60 y ss de la Ley de Haciendas Locales. La idea es muy sencilla, si Ud. es dueño (o titular de un derecho real) sobre un inmueble a día uno de enero de cada año, el Ayuntamiento tiene derecho a cobrarle este impuesto.

Cada municipalidad puede regularlo dentro de ciertos parámetros.

Lo más habitual es que se lo cobren todos los años por vía bancaria.

No plantea grandes problemas. Pero quisiera incidir en tres cuestiones:

A) Aunque se devengue el día uno, el pago puede realizarse en uno o dos recibos, se pagan aplazados en otro/s vencimiento/s. Quiero decir que si alguien vende un inmueble, aunque lo trasmita el día dos del año, él es el obligado total y por todos los recibos que se giren durante el año. En términos económicos es absurdo pensar que el que vendió tenga que pagar por todo el año, pero es así. Eso no quita que se pueda pactar que lo pague el comprador, pero ese pacto no libera al vendedor frente a la hacienda municipal (es decir, para el Ayuntamiento sigue siendo deudor el vendedor).

No lo olvide, si en la escritura de venta pone «gastos según ley», el IBI de todo el año es del que era dueño el pasado uno de enero.

Es relativamente frecuente pactar que uno u otro recibo, o que la proporción anual se reparta entre las partes.

B) Las deudas pendientes no son del comprador, pero hacienda tiene el privilegio de lanzarse sobre el inmueble por los impuestos devengados en los últimos cuatro años. Es una afección fiscal que no figura inscrita en ninguna parte, aunque el Notario lo advertirá en la escritura.

C) En los casos de proindivisos hay una especie de régimen especial. Tengo un post sobre este desaguisado, cuando detrás de él se intenta ocultar una urbanización, cosa que se ha desarrollado en muchos lugares.

Por todo eso, y algunas cosas más,  los proindivisos dan mal rollo.

Al hilo de esto está la actuación, a veces abusiva de las haciendas locales. Véase aquí cómo hubo que devolver 150.000€ a una contribuyente.

Procure estudiar el impuesto, si está mal catastrada su finca puede estar pagando más IBI del debido. A lo mejor tiene Ud. una bonificación que no ha previsto (por ejemplo, por familia numerosa).

A %d blogueros les gusta esto: